Desde este 1 de julio entra en vigencia la Ley N°21.809, que establece nuevas obligaciones para los establecimientos educacionales en materia de convivencia educativa, prevención de la violencia y bienestar socioemocional. Los jardines infantiles y colegios tendrán plazo hasta abril de 2027 para adecuar sus reglamentos, protocolos y estructuras de gestión.

Con la entrada en vigencia de la Ley N°21.809 sobre Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas, los establecimientos educacionales de todo el país comienzan un proceso de transformación destinado a fortalecer la prevención de la violencia, la promoción del bienestar y la construcción de entornos educativos más seguros e inclusivos.

La nueva normativa establece una serie de cambios que deben implementar progresivamente los establecimientos hasta abril de 2027, incluyendo la elaboración de Planes de Gestión de la Convivencia Educativa, la conformación de equipos especializados, la actualización de reglamentos internos y la habilitación de canales seguros y confidenciales para la recepción de denuncias.

Asimismo, la ley incorpora nuevos estándares para la investigación de situaciones de violencia, acoso o discriminación, resguardando la confidencialidad de las personas involucradas, evitando la revictimización y promoviendo medidas de apoyo y acompañamiento.

El nuevo marco normativo también amplía la definición de acoso escolar para incluir expresamente la violencia digital y establece un enfoque que prioriza la prevención, la formación socioemocional y la resolución colaborativa de conflictos por sobre una lógica centrada exclusivamente en las sanciones.

“Seguiremos disponibles para apoyar a las comunidades educativas en este proceso de implementación: para que conozcan la ley, sus cambios, los plazos de adecuación, pero, sobre todo, para que puedan apropiarse de su sentido”.

Pamela Adriazola, superintendenta (s) de Educación.

Preparación y acompañamiento para la implementación

La ley contempla un periodo de adecuación que se extenderá entre julio de 2026 y abril de 2027, plazo durante el cual los establecimientos deben revisar y fortalecer sus instrumentos de gestión de convivencia para ajustarse a las nuevas exigencias.

En este contexto, la Superintendencia de Educación desarrolló un plan de orientación y acompañamiento dirigido a sostenedores, equipos directivos y comunidades educativas, con foco en fortalecer las capacidades institucionales para la implementación de la nueva normativa.

La superintendenta (s) de Educación, Pamela Adriazola, señaló que “la entrada en vigencia de esta ley representa un cambio en la forma en que entendemos y gestionamos la convivencia educativa. Nos invita a pasar de una lógica reactiva y centrada en la sanción a una mirada preventiva, formativa y orientada al bienestar de las comunidades educativas”.

La autoridad agregó que “sabemos que este proceso implica desafíos para los establecimientos. Por eso hemos impulsado acciones de acompañamiento y orientación para que cuenten con herramientas concretas que les permitan fortalecer la convivencia y abordar los conflictos desde el diálogo y la colaboración”.

Durante el periodo de adecuación, la Superintendencia desarrollará seminarios, capacitaciones, orientaciones técnicas y acompañamiento territorial en establecimientos de todo el país. Asimismo, las acciones de fiscalización tendrán un énfasis formativo y preventivo, buscando fortalecer el cumplimiento de la normativa y apoyar los procesos de mejora institucional.

“Como Superintendencia, no queremos ser solo un ente que fiscaliza. Queremos ser un aliado. Por eso, desplegamos este ciclo de seminarios en todo el país y seguiremos disponibles para apoyar a las comunidades educativas en este proceso de implementación: para que conozcan la ley, sus cambios, los plazos de adecuación, pero, sobre todo, para que puedan apropiarse de su sentido”, enfatizó la superintendenta (s) Adriazola.

Con esta nueva ley, la convivencia educativa pasa a ser una responsabilidad permanente de los establecimientos educacionales y un componente central de los procesos de enseñanza y aprendizaje, reconociendo que el bienestar, el respeto y el buen trato son condiciones fundamentales para el desarrollo integral de las comunidades educativas.

 

Fuente: SUPEREDUC

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